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Las mariposas alas de pájaro

En CITES

Las mariposas alas de pájaro

Publicado el 25/06/2014
Dejamos con ustedes una nota preparada por Francisco Urra, Curador del Área de Entomología, sobre las mariposas alas de pájaro en CITES.

La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES), que fue suscrita por Chile en 1974, es un convenio multinacional destinado a regular el comercio internacional de animales y plantas silvestres en peligro de extinción o en riesgo de estarlo. Actualmente, alrededor de 29.500 especies de plantas y 5.500 especies de animales están amparadas por la CITES contra la explotación excesiva a causa del comercio internacional.

Entre los insectos, hay incluidas 51 especies de mariposas en las listas CITES, tres pertenecientes a la familia Nymphalidae y 48 especies de la familia Papilionidae. Dentro de esta última familia, destacan las especies conocidas como "mariposas alas de pájaro", llamadas así por su gran tamaño y envergadura de sus alas. Cabe señalar además que estas mariposas exhiben un extraordinario colorido, lo que las ha llevado a ser insectos muy requeridos por coleccionistas de todo el mundo.

El grupo de las mariposas alas de pájaro reúne especies de los géneros Atrophaneura, Trogonoptera, Troides y Ornithoptera, géneros pertenecientes a la tribu Troidini. Esta tribu incluye mariposas que se reconocen por presentar androconia en el ala posterior del macho, estructura formada por escamas pilosas que sirven para dispersar feromonas sexuales. Las mariposas alas de pájaro se distribuyen en el subcontinente Indio, en el Sudeste Asiático y Autralasia, habitando bosques tropicales, en donde crecen las plantas venenosas (familia Aristolochiaceae) que sirven de alimento a sus larvas. La tribu Troidini también incluye a nuestra Battus polydamas, conocida comúnmente como mariposa de la oreja de zorro, debido a que la larva se alimenta de esta planta.

Dos especies de Atrophaneura, y todas las especies de Trogonoptera, de Troides y de Ornithoptera están en CITES. Sólo una de estas especies se encuentra en el Apéndice I, Ornithoptera alexandrae, por lo que su comercio está prohibido. El resto de las especies se encuentran en el Apéndice II y su comercialización puede autorizarse por medio de un permiso de exportación.

Es necesario indicar que no sólo el comercio indiscriminado puede reducir peligrosamente las poblaciones de estos insectos, sino que también la destrucción o la modificación del hábitat, fenómeno que se intensifica con el aumento progresivo de la población humana y la superficie destinada a cultivos. Existen algunos esfuerzos destinados a mitigar estos procesos, como la crianza en cautiverio de muchas de las especies amenazadas.Sin embargo, de gran ayuda es generar conciencia en quienes demandan estos ejemplares, convenciéndolos de evitar adquirirlos ilegalmente o bien que tengan siempre la precaución de exigir los certificados que acreditan la procedencia legal de éstos.